EXAMEN FINAL

A raíz de consultas efectuadas en clase, se aclara que EL EXAMEN será un FINAL (es decir que abarca tanto a los contenidos de la segunda parte del curso como a los de la primera: garantías penales y procesales)

viernes, 24 de marzo de 2017

Principio de legalidad - tipo penal abierto

Art. 119 CPN - Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando (…). La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía.
El último párrafo de este artículo presenta características de un tipo penal abierto, violatorio de la exigencia de ley penal cierta.
Se han suscitado polémicas por la interpretación del término “acceso carnal” debido a que los supuestos de felatio in ore son considerados con frecuencia como una ampliación del potencial punitivo del tipo mientras que otros entienden que claramente se encuentra incluido en el supuesto que nos ocupa, ya que la amplitud del concepto también permitiría considerar, por ejemplo, que la introducción de un dedo en la oreja en una situación de índole erótica también debería ser abarcada por la aquella figura.

Andrés Bustos Berrondo.

1 comentario:

  1. Andrés, el post está bien y cumple con las consignas de fondo, pero no con las de forma. Debés unirte a otros compañeros para conformar un grupo de entre tres y cuatro personas (ese grupo continuará funcionando en lo sucesivo para cumplir con otras consignas).
    Comentando en la entrada con las consignas actuales podrás ponerte en contacto con otros compañeros y compañeras a tal efecto.
    De hecho, hasta el momento había otras tres personas sin grupo, según comentaron en la sección de "Preguntas y comentarios": Viviana Rolón+1 por un lado e Ivanna Rezzonico por otro.
    Gracias y saludos!
    CP

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